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Ley Federal del Trabajo (LFT) de México
Artículo #2
Derechos y Libertades Laborales
El trabajo es un derecho y un deber social. Exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.
Artículo #3
Igualdad y No Discriminación
No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni excluirla de una determinada actividad por motivos de origen étnico, nacionalidad, género, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, estado civil, entre otros. Se prohíbe el trabajo forzoso y la discriminación en el empleo.
Artículo #4
Derecho al Trabajo Digno y Socialmente Útil
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo, conforme a la ley.
Artículo #5
Libertad de Trabajo y Prohibición del Trabajo Forzoso
Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y sin la retribución justa. Se prohíbe el trabajo forzoso y los contratos que obliguen a la prestación de trabajo en condiciones contrarias a la dignidad humana.
Artículo #56 Condiciones de Trabajo
Las condiciones de trabajo deben ser proporcionales a la importancia de los servicios y asegurar al trabajador una existencia digna y decorosa. Se deben respetar las garantías individuales, laborales y de seguridad social
Artículo #87
Aguinaldo
Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Este aguinaldo no puede ser inferior a quince días de salario.